TABLA
TABLA
Se ha considerado un galicismo, del francés table, que en este caso significaría “mesa donde se ponían los cobradores de los derechos de peajes y otros del rey, a la entrada de los pueblos”. Esto último ya indica que, en el Antiguo Régimen, las tablas no se situaban sólo en las fronteras, sino también en todos los lugares interiores del reino en los que las autoridades creyesen que debía establecerse un control, generalmente porque aquél era un lugar importante de entrada, de paso o de salida de mercancías.
Por lo mismo, en las tablas podían pagarse diferentes tipos de impuestos, algunos de los cuales se asemejaban a los de mera circulación, como formas de peaje* y otros constituían verdaderos aranceles* por exportación o importación de bienes. Por principio, estos derechos habían de ser fijados por las Cortes; aunque en ocasiones lo hicieron los reyes o las autoridades virreinales de manera unilateral.
La percepción de tales derechos se arrendaba a individuos del sector privado, según la práctica universal del sistema fiscal del Antiguo Régimen. Eran los “tablajeros*”, que por eso aparecen también en las fuentes como “administradores o arrendadores de Tabla”. Para la vigilancia, los tablajeros contaban con sus propios guardas, a quienes se unían en los puertos fronterizos soldados al mando de un gobernador del puerto. Ese carácter arrendatario del sistema fiscal acarreaba una mezcla de intereses en las prácticas arancelarias, entre los de los tablajeros -que procuraban cobrar más para que el arriendo les resultase más rentable- y los de la corona, que, además de eso mismo, contemplaba las Tablas como parte de un planteamiento político general.
Por otro lado, el régimen arancelario había de sujetarse a la realidad económica del país, en la cual fue corriente hasta el siglo XIX la idea de que Navarra era un territorio pobre y deficitario, que tenía que importar casi todo lo que necesitaba, a cambio de exportar las pocas materias primas en las que era excedente, sobre todo lana.
Por último, hubo algunas tablas particularmente importantes, por su situación y -por lo mismo- conflictivas. Así la de Burguete*, por la que había de penetrar todo lo que venía de Francia desde Valcarlos*; la de Vera*, de la que dependía el abastecimiento y las exportaciones de las Cinco Villas*; naturalmente las de la raya meridional de Castilla y, secundariamente, las de los límites de Aragón.
Sobre todo durante el siglo XVII, la corona procuró montar su propio sistema de control del contrabando, creando, por encima -desde el punto de vista jerárquico administrativo- de las tablas locales unos registros oficiales (estatales) donde se comprobaba la licitud de las mercancías en cada caso; en 1628 se fijó en concreto la aduana de Pamplona, con ese fin, y en 1632 se le añadieron las de Estella y Lumbier, para evitar que los trajinantes hubieran de llegar en todos los casos hasta la capital. (Contrabando*).