CAPITULACIONES DE 1612-1614
CAPITULACIONES DE 1612-1614
Se entiende por capitulación el concierto o pacto hecho entre dos o más personas o comunidades.
Si se insiste en el hecho de que la facería* no es sólo un institución de derecho internacional sino un contrato entre dos comunidades, sean o no de la misma soberanía, se entenderá mejor que los problemas suscitados por el aprovechamiento -sobre todo- de los pastos del Pirineo hayan sido frecuentes entre los pueblos de una y otra vertiente antes de la segregación de la merindad de Ultrapuertos* en 1528-30. Sin embargo, sería después de esta fecha cuando las fricciones comenzarían a convertirse en problema crónico, principalmente por mero interés económico de unos y otros, pero también porque algunas autoridades lo emplearon -azuzando a los campesinos interesados- para molestar al reino enemigo. Como vencidos, y más perjudicados en el deslinde fronterizo, parece cierto que las incursiones y los abusos fueron más frecuentes por parte de los bajonavarros.
Para remediar estos hechos, Felipe III (V de Navarra) y Luis XIII (titulado rey de Navarra también) designaron en 1612 sendas comisiones plenipotenciarias que en 1613 llegaron a suscribir unas capitulaciones que ambos monarcas ratificaron en 1614.
El articulado era complejo, porque estipulaba un territorio distinto para el disfrute de cada uno de los frutos. La frontera* quedaba establecida en una línea recta que unía “los puertos y mojones de Eunzaray , de la parte de Volcarlos, e Istauz de la de Baztán”; pero los baigorranos podían, por ejemplo, sólo “en los meses en que no hubiere bellota ni simiente de haya”, meter más adentro -hasta lugares que allí se pormenorizaban- sus ganados de yeguas, ovejas y cabras, en tanto que el vacuno y de cerda y las roturaciones se mantenían sujetos a la regulación anterior, que no se detallaba en las capitulaciones.
El amojonamiento definitivo y la regulación de las penas para los contraventores se aprobaron en 1616. Y es posible que se hiciera con ello la paz hasta 1635, en que la declaración de guerra de Francia a España permitió a los baigorranos reanudar los abusos; “a pasos agigantados -protestarían mucho después los altonavarros- se derramaron por todos los montes despoblados de los Alduides”.
Hubo nuevas comisiones de ambas ponencias para buscar un arreglo, por lo menos en 1686, y 1769; pero las tres primeras no alcanzaron acuerdo alguno y, aunque la cuarta estipuló unas normas que pretendían asegurar el cumplimiento de las capitulaciones de 1612-1614, en 1777 al menos se reanudaron las incursiones bajonavarras. A esto procuraría poner freno, por fin, el tratado de límites de 1785-1786*.
Pero, como la revolución francesa de 1789 apenas permitió que este tratado entrase en vigor, todavía los bajonavarros llegaron a apoyarse en las capitulaciones de 1612-1614 para justificar sus derechos en pleno siglo XIX. Ahora, las capitulaciones sí les interesaban, porque aunque recortaban el territorio francés más que el tratado de 1785-1786, en éste -para acabar con aquella complejidad de las capitulaciones- se habían suprimido y prohibido todas las facerías.
Con todo, cuando las autoridades francesas procedieron a abrir nuevas negociaciones, que llevarían al tratado de límites de 1856*, todavía negaron un carácter definitivo al acuerdo de 1612-1614; “sería un error -declaraba el Gobierno de París en nota diplomática de 1831- querer considerarlo como un tratado político, ni como una convención de límites y de posturas entre los dos reinos; las capitulaciones reales, dejando aparte la cuestión indecisa de la propiedad del suelo, no tuvieron por objeto sino regularizar el goce indiviso de los Alduides por medio de un reglamento provisional de policía, conciliando los intereses de localidad y las pretensiones individuales de pueblo a pueblo.
A la letra, en efecto, las capitulaciones no hacían otra alusión al principio de propiedad -y esto de manera muy imprecisa e insuficiente- que la que disponía que los baigorranos tendrían (“tendrán y gozarán”) los términos “desde Izpegui y Elorrieta de la parte de Baztán y Ococa de la de Valcarlos”.