GREMIO
GREMIO
Corporación local de artesanos y mercaderes con el mismo oficio encaminada a defender sus intereses profesionales.
Edad Media
En dicha época el espíritu corporativo está estrechamente ligado a la vida urbana. Generalmente adoptan como fórmula legal la cofradía, de fines asistenciales y religiosos. El burgo de San Cernin de Pamplona que ejercía un cierto monopolio de las actividades mercantiles en detrimento de su periferia, tenía en 1180 netamente delimitadas las profesiones privativas de sus vecinos “francos”: cambiadores, posaderos, tintoreros, alfayates, merceros, correyeros, carniceros, silleros, bardoneros, freneros, herreros, zapateros, asteros, peleteros, campaneros, caldereros, mañeros y tejedores; los “navarros” sólo podían ser sirvientes, labradores, horneros y jornaleros. A la cabeza de tales oficios figura el de cambiador, desempeñado por un grupo selecto de burgueses de gran ascendiente social, que tienen a acaparar el gobierno local.
Los núcleos francos se oponían a ciertos monopolios regios; así San Cernin y Olite alegaron su derecho a disponer de tablas de cambio cuando el rey acuñaba nueva moneda, y San Cernin pretendió teñir paños fuera de la tintura del rey. En aquel marco de actividades privilegiadas se desarrollan desde mediados del siglo XIII corporaciones profesionales en los principales núcleos urbanos del reino. Uno de los primeros gremios conocidos es el de los bataneros y tundidores del molino trapero de Villava, formado por 33 artesanos de la fabricación de paños que se asocian en 1254 para fijar sus condiciones de trabajo, por cuenta ajena o propia. También a mediados del siglo XIII se documentan diversos gremios organizados como cofradías. El de los hortelanos de Estella, prohibido en el reinado de Teobaldo I fue autorizado por Teobaldo II en 1254; en Pamplona una asociación de mercaderes tenía en 1266 suficiente personalidad y respaldo económico como para prestar dinero al monarca. Son anteriores al siglo XVI los gremios de burulleros (San Matías en la Población y San Pablo en el Burgo), carpinteros (Santo Tomás), fejeros o cargadores de bultos (San Jorge), mazoneros (en San Cernin), pelaires (Santo Crucifijo en San Nicolás), labradores (en San Cernin), tundidores y médicos (San Cosme y Damián); y es posible que existieran otras cofradías de raíces medievales, como las de carniceros, herradores y plateros. En Olite funcionan en 1264 cofradías de clérigos, zapateros, carniceros, peleteros y tejedores. En Tudela se conoce la vinculación de la cofradía de Santa Cruz al gremio de los ballesteros y la de San Leonardo al de los zapateros, y datan de 1321 las ordenanzas de los burulleros y tejedores. En Sangüesa constan gremios de ballesteros, labradores, hortelanos, jabateros, herreros, tejedores, canteros, carpinteros, entalladores, ensambladores, pintores y peleteros.
Edad Moderna
La organización de casi toda la actividad artesanal en forma de gremios parece que se impuso en Navarra en el siglo XVI, al igual que en el resto de Castilla. La estricta reglamentación de todo el proceso productivo (materiales, calidades, precios, etc) en el marco de una ciudad o villa estaba pensada para proteger al consumidor contra posibles abusos por parte del productor. El artesano perdía libertad de trabajo, pero ganaba en seguridad desde el momento en que disponía del monopolio de la fabricación y venta en esa ciudad.
Pronto se pudieron comprobar los defectos de este sistema, principalmente su escasa competitividad por falta de flexibilidad ante los cambios técnicos y del mercado, así como una fuerte tendencia al corporativismo que ahogaba toda iniciativa particular. El proceso de fabricación pronto se fragmentó entre gremios diversos y hasta rivales entre sí.
Las críticas de los ilustrados contra las ordenanzas gremiales tuvieron su máximo eco en las cortes de Pamplona de 1817-1818, mientras que los defensores del sistema fueron pocos y poco activos. Atacaron durante el monopolio y la estricta reglamentación productiva como contrarios a la libertad natural del hombre de trabajar donde y como mejor le pareciese. En su opinión, los gremios impedían el progreso de la industria, que sólo la libre competencia podía asegurar. La protección del consumidor ahora apenas se considera en comparación con el ansia por aumentar los beneficios del artesano.
La Comisión de Buen Gobierno de las cortes pidió la inmediata abolición de los gremios, pero el virrey conde de Ezpeleta José de Ezpeleta* no la aprobó (junio de 1817). Al final se determinó que todos los gremios remitieran sus ordenanzas al Consejo Real antes de cuatro meses para su examen. Al cabo, serían objeto de la pérdida de privilegios, no la disolución forzosa que se impuso en toda España en los años treinta del siglo XIX.
Bibliografía
M. Núñez de Cepeda: Los antiguos gremios y cofradías de Pamplona (Pamplona 1948). M. Sorauren: Navarra: ¿revolución industrial frustrada? , “Langaiak” (1984), 21-40.