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COMPILACIÓN DEL DERECHO PRIVADO

COMPILACIÓN DEL DERECHO PRIVADO

También conocida como Compilación de Derecho Civil Foral de Navarra, Compilación Foral o Fuero Nuevo*. Fracasado el sistema de Apéndices forales* al Código civil*, desde el año 1946 se pretendió hacer una codificación, llamada compilación, del Derecho civil navarro.

Con este fin, la Diputación Foral de Navarra acordó el 9 de abril de 1948 designar al Pleno del Consejo de Estudios de Derecho Navarro* como Comisión encargada de preparar dicha Compilación. Esta Comisión sería presidida por el Presidente de la Audiencia Territorial de Pamplona, y tenía una composición diferente a las de los demás territorios forales, reguladas, por disposiciones dadas por el Ministerio de Justicia en 1947.

La Comisión Navarra concluía su Anteproyecto de Fuero Recopilado el 9 de octubre de 1959 y tras un breve plazo de información que sirvió para apreciar su imperfección, pasó a la Diputación Foral el 3 de diciembre del mismo año como Proyecto de Fuero recopilado. Un nuevo plazo de enmiendas dejó sin viabilidad al Proyecto en 1960.

Un grupo de juristas, mayoritariamente notarios (Nagore Yárnoz, López Jacoiste, García-Granero y el abogado Jesús Aizpún) arremetió la tarea de elaborar privadamente un nuevo proyecto de compilación.

Tras siete años de trabajo y con la incorporación al grupo de Álvaro d´Ors y del magistrado José Arregui Gil se publicaba por la Diputación Foral una Recopilación Privada del Derecho Privado Foral de Navarra. Esta obra sólo quedaría completa en 1971, incorporados otros dos juristas, el magistrado Santamaría Ansa y el abogado Francisco Salinas Quijada.

La Comisión Oficial Compiladora asumió la Recopilación Privada y como Anteproyecto Oficial se presentó a la Diputación Foral que, de nuevo, lo sometió a información pública.

El Ministerio de Justicia nombró la Comisión Especial de la Comisión General de Codificación para convenir con la Comisión Oficial navarra el definitivo texto. El Proyecto fue aprobado por la Diputación Foral de Navarra y, convenido con el Ministerio de Justicia, fue sancionado por Ley de la Jefatura del Estado de 1 de marzo de 1973.

El Fuero Nuevo o Compilación de Derecho Privado Foral de Navarra consta de 596 leyes agrupadas en un libro preliminar y otros tres más así como en disposiciones transitorias y finales. El libro primero se ocupa de las personas y de la familia, el segundo contempla las donaciones y sucesiones, para tratar el libro tercero de los bienes. El libro preliminar establece la prelación de fuentes del Derecho privado de Navarra, ocupando orden preferente la costumbre que no se oponga a la moral o al orden público, aunque sea contra ley.

Por medio de lo dispuesto en las disposiciones finales, el Fuero Nuevo tiene previsto el procedimiento de actualización de cualquier disposición en él regulada, por medio de convenio. Fruto de sendos acuerdos son el decreto-ley 19/1975 de 26 de diciembre, sobre la capacidad de la mujer casada, y el real decreto-ley 38/1978, de 5 de diciembre, sobre la mayoría de edad.

Bibliografía

J. J. Nagore Yárnoz, Compilación de Derecho Navarro, en “Príncipe de Viana” 26 (Pamplona, 1965).

Voces relacionadas

    • SANTAMARÍA ANSA, JUAN
    • DERECHO CIVIL

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    Fuero Nuevo o Compilación del Derecho Privado Foral de Navarra

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