BANIDOS
BANIDOS
Condenados por la justicia a destierro o castigados con la pena capital y en situación de prófugos (Encartados, Acotados). Deriva de la voz germánica “ban”, con el significado de orden o disposición del soberano en el ejercicio de su autoridad como supremo juez y mantenedor del orden público. De ella procede el francés “bannir”, y de ésta, a su vez, “banido” y “bandido”. Los cabecillas de la rebelión antifrancesa del año 1276, como los nobles Gonzalo Ibáñez del Baztán, García Almoravid, Juan de Vidaurre, etc. fueron condenados como “banidos”, y sus dominios señoriales confiscados. Las rentas de estas confiscaciones (emparanzas*) figuraron desde entonces en los registros de ingresos del fisco regio.