ESTATUTO
Ley especial para una región autónoma, dictada por el Estado del que forma parte. En Navarra fue esta cuestión de profundo debate desde los primeros años del siglo XX.
La creación de la Mancomunidad de Cataluña por real decreto de 18 de diciembre de 1913 tuvo repercusiones en el País Vasco. Nacionalistas catalanes y vascos intercambiaron viajes y proyectos. Las Diputaciones vascas se reunieron y la Diputación foral de Navarra consultó con el Consejo Administrativo que se dividió entre una minoría favorable a la acción mancomunada con las otras tres provincias y una mayoría que lamentaba no poder asociarse a estas gestiones, “en atención a las circunstancias notoriamente difíciles por que atraviesa la Patria”, y esperaba proponer también al gobierno español la aspiración de Navarra.
El 16 de julio de 1917 las tres Diputaciones aprobaron en Vitoria un mensaje, que había de ser entregado en Madrid, que se inspiraba en un proyecto de estatuto presentado por los diputados vizcaínos. Asistió a la reunión, sin representación oficial, una delegación navarra. Casi un año más tarde, la Mancomunidad catalana presentó otro mensaje junto con unas bases para la autonomía de Cataluña.
En las elecciones generales del año siguiente, los nacionalistas navarros consiguieron por primera vez un diputado por Pamplona, Manuel Aranzadi. El 3 de noviembre los diputados nacionalistas en el Congreso presentaron un proyecto de ley que derogaba la del 25 de octubre de 1839, facultaba a las Diputaciones de las cuatro provincias a determinar el régimen de transición y autorizaba al gobierno para que en su día pudiera tratar y convenir con las legítimas representaciones de esas provincias las bases “en que ha de descansar la mutua y cordial convivencia de aquellos territorios con el Estado español”.
Desde muchas partes de Navarra se pidió por estas fechas a la Diputación que reclamara públicamente la autonomía. Así lo hizo, el 20 de noviembre, el Ayuntamiento de Pamplona, a solicitud de la minoría jaimista. Se hablaba a todas horas de reintegración foral, de la autonomía, de rescatar las viejas libertadas y los ayuntamientos navarros enviaron, por medio de la prensa, manifiestos, propuestas y adhesiones.
Asamblea de 30 de diciembre de 1918
La Diputación foral convocó para el día 30 de diciembre una asamblea de ayuntamientos, diputados a Cortes, diputados forales y del Consejo administrativo. Veinticinco diputados y ex diputados, senadores y ex senadores, carlistas, liberales, conservadores e independientes, presentaron una proposición con dos peticiones concretas:
que la Diputación expusiera al Gobierno que “Navarra reitera una vez más sus propósitos de restaurar, sin quebranto de la unidad de España, la integridad de sus facultades forales, con derogación de todas las leyes y disposiciones que a ellas se opongan, manteniendo las especiales características de este antiguo Reino adaptadas a las actuales necesidades y conveniencias de Navarra y armonizadas con las facultades del Estado español en las materias propias de éste;
que “la Diputación designe una Comisión que estudie y proponga concretamente en su día las bases del nuevo régimen”.
Defendieron la propuesta el general carlista Sanz Escartín, senador por Navarra; el ex diputado foral y jurista Pedro Uranga; Joaquín Beunza, ex diputado foral carlista y abogado asesor de la Diputación, y el ex diputado liberal a Cortes, Dámaso Escudero. También tomó la palabra el alcalde carlista de Pamplona, Francisco Javier Arraiza, que resumió las conclusiones a que habían llegado los municipios navarros, reintegración foral y derogación de todas aquellas leyes que conculcaron los derechos privativos de Navarra, especialmente la del 25 de octubre de 1839.
La oposición a la propuesta llegó de parte de la minoría nacionalista, el concejal de Pamplona, Santiago Cunchillos, y el diputado a Cortes Manuel Aranzadi, quienes preferían la fórmula presentada por el diputado foral carlista, Martínez Alsua, que pidió “la derogación de la Ley de 25 de octubre de 1839 y la restauración de todos los organismos y fueros navarros”. “Yo quiero recabar para Navarra su soberanía Plena, completa, absoluta en todos los órdenes, y que en el ejercicio de su soberanía, recordando esos pactos de incorporación, los ratifique y, si es preciso, que los cree. Yo no quiero una ´unidad´ con España en que Navarra no tenga límites y contornos definidos. Yo invoco la ´unión´ establecida en esos pactos de incorporación”.
El también diputado a Cortes por Pamplona, el jaimista Víctor Pradera, consideró prematura la reintegración foral; sería un “verdadero crimen” pedirla hoy para establecerla mañana. Tampoco la vida foral de Navarra es absolutamente idéntica a la vida de las provincias vascongadas: “Navarra tiene sus características especiales y no tiene por qué ir a rastras de nadie en esta cuestión”.
El conde de Rodezno, diputado carlista a Cortes por Aoiz, propuso que la asamblea entendiese explícitamente incluida en la derogación planteada la ley de 25 de octubre de 1839, “como punto de arranque forzoso para restablecer la vida autárquica de Navarra”; que se nombrase una comisión que redactase las bases de autonomía y que se ampliase en sesiones sucesivas la asamblea y para que entraran a formar parte de la comisión, como había pedido Beunza, todas las asociaciones de Navarra.
La asamblea, que había mostrado en ocasiones con viveza sus aprobaciones y sus rechazos, aprobó por aclamación entre grandes aplausos, la fórmula propuesta por Rodezno. La Diputación encomendó un programa de trabajo que facilitase el de la comisión a los ex diputados forales Uranga, Amorena, Beunza y Oroz, cuatro conocidos foralistas. Sanz Escartín, acompañado de los representantes navarros en Cortes, entregó al presidente del Consejo de Ministros las conclusiones aprobadas en la asamblea.
Las peculiaridades navarras
Mientras tanto, el conde de Romanones, a la sazón presidente del consejo, llevó adelante su empeño de una comisión extraparlamentaria que preparó los proyectos de una autonomía general y municipal, con subponencias que redactaron los proyectos de estatutos para Euskadi y Cataluña. La comisión general, de la que formaba parte Pradera, redactó las bases para la autonomía general de las regiones que la solicitaren.
Los cuatro asesores de la comisión foral estimaron por ello la conveniencia de gestionar de las Cortes españolas la aprobación de una base adicional al proyecto de la comisión extraparlamentaria autorizando al Gobierno para concertar con la representación de Navarra todo lo relativo al restablecimiento del régimen foral, acomodado a las necesidades de la época actual y sus relaciones con el régimen general. La Diputación acordó el 23 de enero de 1919 enviar con urgencia a Madrid una comisión para convenir con los representantes navarros en Cortes los términos de la base adicional y encomendarle después su presentación. Pero antes quiso cumplir uno de los acuerdos de la Asamblea del 30 de diciembre, que era ampliar la comisión allí fijada y el 24 del mismo mes publicó una circular haciendo entrar como vocales a representantes de todas las fuerzas vivas de Navarra, incluyendo partidos políticos, colegios profesionales, cabildos catedralicios, etc., al mismo tiempo que abría información pública entre todos los navarros sobre el objeto encomendado a la comisión.
Una comisión de la Diputación foral, acompañada por dos asesores, y en Madrid por la mayoría de los representantes navarros en Cortes, redactaron la fórmula de la base adicional, y con ella visitaron al presidente del consejo de ministros, a los jefes de las minorías dinásticas, y a Alcalá Zamora, presidente de la comisión parlamentaria que había de dictaminar sobre el proyecto de ley de autonomía preparado por la comisión extraparlamentaria. Redactada de nuevo la fórmula navarra en términos menos exigentes, a instancias de Pradera, y a pesar de los buenos oficios del diputado carlista por Tolosa, Esteban Bilbao, ponente en lo relativo a Navarra y a Vascongadas, no fue aceptada por la comisión parlamentaria, por no estimarse adecuada para su presentación en el Congreso. Los navarros oyeron de labios de Alcalá Zamora lo que el dictamen decía sobre Navarra: “La propia Diputación, reorganizada foralmente en su caso, propondrá al Gobierno las modificaciones que estime oportunas en el actual régimen autonómico que posee dicha Provincia y en las leyes y convenios que regulan sus relaciones con el Estado. El Gobierno, tratando con la representación provincial de Navarra y oyendo por su parte al Consejo de Estado en pleno, antes de llegar al acuerdo final, someterá el que se conviniese con aquélla a la definitiva aprobación de las Cortes mediante ley especial”.
Los miembros de la comisión, al dar cuenta al pleno de la Diputación -“muy complacida de los trabajos realizados” -, estimaron satisfactorio el resultado obtenido en su viaje a Madrid, al conseguir los dos objetivos principales, la “separación del problema de Navarra del relativo a todas las demás regiones y a la adopción del régimen de pacto o convenio para la reintegración de este País”. Pero las circunstancias políticas iban a hacer inviables los buenos propósitos del conde de Romanones.
La dictadura
Cuando el general Primo de Rivera encargó al mellista Víctor Pradera la redacción de un estatuto municipal y de otro regional, los presidentes de las tres Diputaciones vascas y de la navarra visitaron al dictador. Una comisión guipuzcoana, en la que trabajaban el integrista Pérez Arregui y los jaimistas Balmaseda y Elorza, éste último presidente de la Sociedad de Estudios Vascos, presentó un proyecto de bases aprobado por la Diputación foral en la sesión del 29 de diciembre de 1923, y que se parecía mucho al trabajo de la subcomisión o subponencia de 1919, moderada con ciertas adiciones de la ponencia de Alcalá Zamora.
Los redactores guipuzcoanos no olvidaban a Navarra. “Nada se opone a que, en los términos expresados, pueda constituirse la región vasco-navarra, dentro de la que el antiguo reino conservaría, como cada una de estas provincias, lo que es peculiar y privativo suyo, y llevaría a la región, como aquéllas, lo que estimare más conveniente y adecuado”. El respeto al criterio y propósitos de los navarros les vedó, no obstante, “aún la mera inducción” a que se incorporase a sus planes y demandas. Lo que no fue óbice a que constara su vivo deseo de compartir sus puntos de vista y soluciones, “sellando una vez más la fraternidad vasco-navarra”.
Primo de Rivera no contestó siquiera a la Diputación guipuzcoana y pronto se vio que, si bien el nuevo régimen estaba dispuesto a estudiar la autonomía municipal, iba a dar de lado cualquier pretensión autonomista regional.
La Segunda República. El proyecto de 31 de mayo de 1931
Llegada la Segunda República, la comisión formada a raíz del congreso de la Sociedad de Estudios Vascos en 1930 intensificó sus trabajos sobre el plan general de autonomía. Se agregaron algunas personas relevantes y se la dividió en subcomisiones por provincias. Las asambleas de municipios vascos le encargaron también la tarea. En la subcomisión navarra trabajaron Serapio Huici, Rafael Aizpún, Santiago Cunchillos, Luis Oroz y Joaquín Beunza, hombres de varia significación política. “Se discutió mucho -escribe José de Orueta- si hablamos de unirnos a Navarra. Yo fui del parecer contrario, pues siempre hemos sido maltratados en propósitos semejantes, pero prevaleció por entonces, y por protestas de navarros entusiastas, la idea de unirnos las cuatro provincias. Desgraciadamente, yo estaba en lo cierto”.
Los antecedentes de 1917 y años siguientes sirvieron de mucho. El día 31 de mayo de 1931 apareció el proyecto de estatuto en los periódicos.
En el artículo 1.° se declaraba que el País Vasco, “integrado por las actuales provincias de Álava, Guipúzcoa, Navarra y Vizcaya”, constituía una entidad natural y jurídica con personalidad política propia y se le reconocía como tal el derecho a constituirse y referirse por sí mismo como Estado autónomo dentro de la totalidad del Estado español, con el que vivirá articulado conforme a las normas de la ley de relaciones concertada en el Estatuto. Cada una de las provincias se constituiría y regiría a la vez autonómicamente dentro de la unidad del País Vasco.
Para representar a la totalidad del País Vasco y regir sus actuaciones en
relación con el Estado y con otras Regiones, se creó el Consejo General del País Vasco, compuesto por ochenta representantes, a razón de veinte por provincia, nombrados por las respectivas Asambleas legislativas -Cortes en Navarra-. Dentro del Consejo, habría una comisión ejecutiva integrada por ocho representantes, elegidos con la misma proporcionalidad y con la misma duración.
Se reservaban al Estado español las facultades propias de una Federación y el resto al Estado vasco. La lengua nacional de los vascos, el euskera, sería reconocida como oficial en igualdad de condiciones con el castellano.
En Navarra, se volvió a hablar de reintegración foral. El Gobierno de Madrid cometió el error de nombrar una comisión gestora, con mayoría republicano-socialista, lo mismo que en las Vascongadas, que no representaba a la mayoría del País. El PNV, mayoritario en Vizcaya y Guipúzcoa, y muy minoritario en Álava y en Navarra, se echó a la calle en defensa del estatuto. Los ayuntamientos eran su mejor instrumento de movilización. El 6 de junio en San Sebastián se aprobaron cuatro enmiendas al proyecto, que lo radicalizaron notablemente, llegando a reservar al Estado vasco las relaciones con la Iglesia.
El Proyecto de Estella, 14 de junio de 1931
El 14 de junio de 1931, y en medio de una gran fiesta popular en Estella, fue aprobado, apenas sin discusión, el estatuto, junto con las cuatro enmiendas, que desde entonces llevará el nombre de la ciudad navarra. Pero faltaban los ayuntamientos con mayoría republicana y socialista. Y algunos carlistas comenzaron a distanciarse.
Socialistas y republicanos, aupados a las comisiones gestoras que hacían las veces de Diputaciones forales, no tuvieron otro remedio que sumarse al ambiente. La de Navarra eligió el 13 de mayo una comisión para que redactara el estatuto. La componían los republicanos Ruperto Cuadra, Ramón Bajo, Mariano Ansó, Francisco Rebota; los monárquicos Miguel Gortari y Rafael Aizpún; el carlista Ignacio Baleztena; el liberal José Cabezudo; el independiente Victoriano Lacarra que fue sustituido pronto por Ángel Lazcano; el nacionalista Santiago Cunchillos, el socialista Salvador Goñi, y el secretario de la gestora, Luis Oroz. Algunos eran miembros de la ponencia constituida por la Sociedad de Estudios Vascos, y todos firmaron un estatuto, fechado el 15 de junio, casi calcado de aquél.
Junto a éste, llamado vasco-navarro, redactaron otro estatuto que no hacía sino aplicar a Navarra lo que se decía del País Vasco en el anterior, y una constitución interior sobre las Cortes y la Diputación del Viejo Reino.
La comisión gestora de Navarra, por acuerdo del día 22, hizo publicar los trabajos y convocó a los ayuntamientos para el 13 de julio, con objeto de discutir y aprobar, en su caso, los proyectos, introduciendo en el del estatuto vasco-navarro las modificaciones acordadas en San Sebastián por las comisiones gestoras. En el nuevo proyecto, que no incluía las enmiendas aprobadas en Estella, se reducían a 40 los 80 miembros del Consejo general, se diferenciaba claramente el régimen económico de Navarra del de las Vascongadas, y se destacaba dentro del Estado vasco-navarro, la personalidad de las provincias o estados que la componían.
Había en Navarra todo un estado de opinión que era favorable al estatuto navarro y contrario al vasco-navarro. “Diario de Navarra” era su mejor portavoz. Pero los redactores del proyecto no pensaban así. Y con la excepción del abogado tudelano Ruperto Cuadra, presidente de la ponencia, se mostraban favorables al estatuto vasco-navarro. Estimaban “inmensa ventaja” la fuerza de la unión de las cuatro regiones, así como la mayor posibilidad de refrendo en las Cortes, amén de otras ventajas de tipo económico para el mercado agrícola de Navarra.
El 13 de julio se reunieron los representantes de los municipios navarros en el palacio foral para decidirse por uno u otro estatuto, discutir las posibles enmiendas y aprobar o no la constitución interior de Navarra. Pero fue tal el desconcierto y la desinformación, que hubo de suspenderse la reunión hasta mejor oportunidad. Algunos representantes no querían saber nada de estatutos.
Recogiendo los deseos de algunos asistentes a la reunión, la comisión gestora de Navarra encomendó a la ponencia que redactó los proyectos un informe más detallado en cuanto a los aspectos económicos del problema, y envió dicho informe a los ayuntamientos.
Estos fueron reuniéndose por zonas para preparar mejor la próxima asamblea. La redacción del estatuto llamado de Estella fue aprobada por unanimidad en las reuniones de Mugaire, Aoiz y, con el voto contrario de Adiós, en la de Villava. En la de Estella faltaron los ayuntamientos republicanos de Cirauqui y Dicastillo. Por mayoría fue aprobada en Tafalla, y desechada en Pamplona y Tudela. En el ayuntamiento de Pamplona, a la tercera votación y por el voto de calidad del alcalde, se aprobó la moción del socialista Salvador Goñi en favor del estatuto vasco-navarro de las gestoras.
Primera Asamblea de Pamplona, 10 de agosto de 1931
La votación nominal en la asamblea del 10 de agosto de 1931 dio este resultado: 304.351 votos (según la población de los ayuntamientos) a favor del estatuto vasco-navarro de Estella; 2.808 en favor del estatuto navarro; 30.290 por ningún estatuto; 2.561 por la autonomía regional. Votó por ésta, Olazagutía. Por el estatuto navarro, Adiós, Cirauqui y Dicastillo. Por ningún estatuto: Armañanzas, Cabanillas, Caparroso, Fitero, Isaba, Jaurrieta, Larraga, Lodosa, Mélida, Mendavia, Mendaza, Peralta, Sartaguda, Torres del Río y Urdiáin. No acudieron por diversas causas Aranaz, Arellano, Areso, Ciordia, Eslava, Etayo, Goñi, Lana, Lapoblación, Mirafuentes, Murieta, Oiz, Oroz-Betelu, Torralba, Valtierra, Zugarramurdi y Zúñiga. El resto votó a favor.
Las elecciones generales del 28 de junio habían dado un resonante triunfo a la candidatura católico-foral de Navarra, con cinco diputados de siete en total. La contienda religiosa-antirreligiosa que se suscitó en toda España se hizo más violenta en Euskadi y Navarra, y los errores y torpezas del gobierno republicano-socialista se convirtieron en grave desafección de las masas populares.
La Constitución promulgada el 9 de diciembre de 1931 cambió no poco las cosas. Para la aprobación del estatuto de una región autónoma se requería que lo propusieran la mayoría de los ayuntamientos o los dos tercios del censo electoral; que lo aceptaran las dos terceras partes de los electores inscritos en el censo de la región, y que lo aprobaran las Cortes. Para que una provincia pudiera abandonar el régimen autonómico era necesario que lo propusiera los ayuntamientos y lo aceptaran, por lo menos, las dos terceras partes de los electores inscritos en el censo de la provincia.
Un decreto del 8 de diciembre del ministerio de gobernación encomendaba a las comisiones gestoras la convocatoria de los ayuntamientos para que resolvieran, reunidos en asambleas en cada una de las cuatro provincias, si había de proponerse un sólo estatuto o cuatro. Conforme a lo decidido, las gestoras habían de redactar el estatuto o los estatutos. Si se optara por el único, una asamblea general de los ayuntamientos había de aprobarlo, rechazarlo o modificarlo. Y debía después ser aprobado en referéndum.
El 15 de diciembre se reunieron las cuatro comisiones gestoras en Bilbao con la comisión de alcaldes del País Vasco-Navarro. Se convino en crear una comisión compuesta por cuatro representantes de las gestoras y tres de la comisión de ayuntamientos. Por la gestora navarra fue elegido Rufino García Larrache, republicano, que hizo de secretario de la comisión y de la ponencia que se designó después. Presidía amas el republicano vizcaíno Ramón de Madariaga. Los navarros Aizpún y Goñi formaban parte de la Comisión, por parte de los ayuntamientos.
La situación era cada día más difícil para los partidarios del estatuto vasco-navarro. El ex-diputado foral Manuel Irujo, hombre principal del Partido Nacionalista Vasco en Navarra, veía las cosas con lucidez y ponía en alarma a los hombres de su partido en las Vascongadas.
Segunda Asamblea de Pamplona, 31 de enero de 1932
El 31 de enero de 1932 se reunieron por tercera vez todos los ayuntamientos navarros. Muchos se quejaron de que no sabían cómo iba a ser el estatuto que iban a votar. El alcalde de Santesteban, Emilio Azarola, diputado radical socialista por Navarra a Cortes, llevó esta vez la voz cantante. Según él, Navarra tenía un derecho que ni las Cortes podían quitarle y que era mayor que el que la Constitución podían darle con el estatuto: “De modo y manera que no debemos unir nuestros destinos con quien tiene menos que nosotros. Si aceptamos el Estatuto vasco-navarro, renunciamos a lo mejor que nos dejaron nuestros padres”.
Se llegó a la decisión de hacer la votación según los términos de la convocatoria. En el caso de que fuera favorable al estatuto vasco-navarro, la asamblea acordó que el estatuto aprobado no podría obligar a Navarra en caso de no obtenerse en la asamblea general y en el plebiscito posterior las mayorías de votos navarros exigidos en los apartados a) y b) del artículo 17 de la Constitución.
La asamblea de Pamplona dio todavía una amplia mayoría al estatuto vasco-navarro. En favor del mismo se pronunciaron 161 ayuntamientos, con 207.479 votos, casi cien mil menos que en agosto. Por el navarro votaron 36, con 28.891 votos. Se abstuvieron 12, con 20.034. Por ningún estatuto lo hicieron 21 ayuntamientos, con 66.553 votos, doble que la vez anterior. No asistieron los representantes de 39 pueblos.
El nuevo estatuto publicado en Vitoria el 21 de marzo era cinco veces más extenso que el anterior, más preciso, más completo, y encajado ya en el cauce constitucional. Entre los cambios, el Consejo General se llamaba ahora Parlamento general, formado por sufragio universal, directo, secreto y proporcional; elegidos la mitad de sus miembros por los electores de las cuatro provincias, y la otra mitad por el sistema de lista y cociente por todo el electorado del País.
Los republicanos, salvo excepciones, se mostraron contrarios al proyecto. Los socialistas lo llamaron “hechura propia del capitalismo caciquil y reaccionario de estas cuatro provincias hermanas”, que no iba a traer para el socialismo “ventaja alguna en Navarra y sí numerosos inconvenientes”. La Comunión Tradicionalista dejó a la conciencia de sus afiliados la emisión del voto, pero no sin advertir que el proyecto de las gestoras “no se aviene con el espíritu de nuestro Régimen Foral, sino antes bien, en muchas partes lo olvida y contradice”. Los líderes carlistas hicieron declaraciones muy diferentes.
Todos se movieron intensamente en Navarra en vísperas de la votación decisiva. La comisión gestora, que se llamó Diputación foral, creó una oficina de propaganda del estatuto y publicó, el 2 de junio, una circular claramente favorable al mismo. “Sólo ventajas ve esta Diputación para Navarra en que se apruebe el Estatuto que va a ser sometido a la aprobación de los Ayuntamientos en la próxima asamblea”. Hasta Aizpún y Gortari, diputados navarros a Cortes, y que tomaron parte en la redacción del texto, se declararon, aun con reticencias, públicamente de acuerdo con él.
Tercera Asamblea de Pamplona, 19 de junio de 1932
El 19 de junio de 1932, bajo la presidencia de Constantino Salinas, presidente de la gestora navarra, se abrió la asamblea en el palacio foral de la capital navarra. Faltaron todos los diputados carlistas en Cortes. Asisten delegados de 549 ayuntamientos.
Tras una primera parte tumultuosa, en la que Azarola recordó la condición puesta por los ayuntamientos navarros en su última reunión, se llegó a la votación. Hubo 962.710 votos favorables, de 354 ayuntamientos. Los votos negativos sumaron 201.936, correspondientes a 137, y los representantes de 58 ayuntamientos, con 71.040 votos se abstuvieron.
Navarra resultó la gran excepción. Votaron en contra del estatuto vasco-navarro 123 ayuntamientos, con 186.666 habitantes: Abaurrea Alta, Aberin, Adiós, Allí, Allo, Ansoáin, Añorbe, Aranarache, Aranguren, Araquil, Areso, Arive, Arraiza, Arruazu, Artazu, Azagra, Barasoain, Barbarin, Bargota, Basaburúa Mayor, Belascoáin, Biurrun-Olcoz, Burgui, Cabanillas, Caparroso, Cascante, Cintruénigo, Ciordia, Cirauqui, Cizur, Corella, Cortes, Dicastillo, Donamaría, Egüés, Echauri, El Busto, Elorz, Enériz, Eslava, Etayo, Escároz, Ezprogui, Fitero, Fontellas, Funes, Fustiñana, Galar, Gallipienzo, Garayoa, Garde, Garinoain, Güesa, Guirguillano, Gulina, Huarte, Ibargoiti, Imoz, Irañeta, Isaba, Iza, Izagaondoa, Izalzu, Labayen, Larraga, Leache, Legarda, Legaria, Lerín, Lizoáin, Lodosa, Lónguida, Lumbier, Luquin, Mañeru, Mendavia, Mendigorría, Mirafuentes, Monral, Monteagudo, Morentin, Murchante, Muruzábal, Názar, Obanos, Ochagavía, Odieta, Olaibar, Olazagutía, Olza, Ollo, Oteiza, Pamplona, Peralta, Piedramillera, Roncal, Sada de Sangüesa, Saldías, San Adrián, Sansol, Santesteban, Sartaguda, Sesma, Sorlada, Tiebas, Tirapu, Tudela, Tulebras, Ujué, Unciti, Urzainqui, Uterga, Ustárroz, Valtierra, Vidángoz, Vidaurreta, Villafranca, Villatuerta, Villava, Yerri, Yesa, Zabalza, Zúñiga.
Se pronunciaron a favor 109 ayuntamientos, con 135.582 habitantes: Abaigar, Abárzuza, Aguilar de Codés, Aibar, Alsasua, Améscoa, Ancín, Anué, Aoiz, Araiz, Aranaz, Arano, Aras, Arce, Arellano, Arguedas, Arróniz, Atez, Ayegui, Baztán, Beire, Berbinzana, Bertizarana, Betelu, Buñuel, Burguete, Cabredo, Cárcar, Carcastillo, Cáseda, Desojo, Echalar, Echarri, Echarri-Aranaz, Elgorriaga, Erasun, Ergoyena, Erro, Esparza, Espronceda, Estella, Esteríbar, Eulate, Ezcurra, Falces, Gallués, Garralda, Genevilla, Goizueta, Guesálaz, Huarte-Araquil, Igúzquiza, Ituren, Jaurrieta, Javier, Juslapeña, Lacunza, Lana, Lanz, Lapoblación, Larraona, Larráun, Leiza, Leoz, Lerga, Lesaca, Liédena, Los Arcos, Marañón, Marcilla, Maya del Baztán, Metauten, Milagro, Miranda, Mues, Murieta, Murillo el Cuende, Murillo el Fruto, Navascués, Oiz, Olite, Olóriz, Orbaiceta, Orbara, Orisoain, Oronz, Oroz-Betelu, Petilla, Pitillas, Puente la Reina, Pueyo, Romanzado, Salinas de Oro, Sangüesa, San Martín de Unx, Santacara, Sarriés, Tafalla, Ulzama, Unzué, Urdax, Urraúl Alto, Urraúl Bajo, Urroz de Santesteban, Urroz Villa, Vera de Bidasoa, Villamayor de Monjardín, Yanci, Zugarramurdi.
Se abstuvieron Abaurrea Baja, Ablitas, Andosilla, Arbizu, Aria, Armañanzas, Arriasgoiti, Artajona, Azuelo, Bacaicoa, Barillas, Cadreita, Castejón, Castillonuevo, Ciriza, Ezcabarte, Goñi, Iturmendi, Lazagurría, Mélida, Mendaza, Oco, Olejua, Ribaforada, Roncesvalles, Sansoáin, Sumbilla, Torralba del Río, Torres del Río, Úcar, Urdiáin, Valcarlos, Viana, Villanueva, Zubieta. Total, 35 ayuntamientos, con 28.859 habitantes. Algunos de los que se abstuvieron, en realidad no comparecieron.
Se estaba lejos de la mayoría y más lejos aún de las dos terceras partes del censo electoral, requisitos para llegar al posterior plebiscito, que debía confirmar, en votación directa, este último porcentaje.
Navarra no había dicho aún su palabra definitiva. Incluso muchos de esos ayuntamientos -148, casi todos de población derechista- habían sido designados, total o parcialmente, por el artículo 29, en circunstancias de dudosa representatividad. Pero el resultado era harto significativo. Así lo entendieron unos y otros. Aunque cada uno explicó el caso según sus intereses o sus puntos de vista.
Los ayuntamientos de mayoría carlista se dividieron. Lo mismo hicieron los compuestos por mayoría de independientes conservadores. Los de mayoría republicana y socialista votaron mayoritariamente contra el estatuto. Sólo los pocos ayuntamientos peneuvistas fueron fieles, pese a sus diferencias de fondo, al texto recomendado por la comisión gestora de Navarra.