CONVENIO DE 1941
CONVENIO DE 1941
La reforma fiscal que llevó a cabo el ministro Larraz en 1940, en todo el Estado, planteó la necesidad de revisar el cupo contributivo de Navarra, que además se había visto desfasado por la evolución monetaria que acompañó y siguió a la guerra de 1936-1939. Representantes del Estado y de la Diputación de Navarra procedieron por tanto a negociar un nuevo convenio, que sustituyera al de 1927, y llegaron a un nuevo acuerdo el 6 de noviembre de 1941. El Estado lo promulgó por ley del día 8 siguiente.
El nuevo convenio elevó el cupo a veintiún millones de pesetas. Desde el punto de vista jurídico, repitió sustancialmente el planteamiento del de 1927, con una novedad importante aunque poco eficaz. Para los casos de discrepancia, se constituiría una Junta Arbitral, residente en Madrid y compuesta por un representante del Ministerio de Hacienda, otro de la Diputación y un tercero que fuese magistrado del Tribunal Supremo pero designado para ese fin por el Gobierno. Éste tenía, por tanto, la mayoría. Pero la Junta no se reuniría sino a petición de la Diputación.
Lo que ocurrió es que la Diputación, obviamente, optó por no solicitar nunca su reunión y prefirió resolver cuantos problemas hubo por medio de gestiones directas (Fuero)*.
Bibliografía
L. Oroz y Zabaleta, Legislación administrativa de Navarra: apéndice de 1941 (Pamplona, 1942). R. Aizpún Tuero, El convenio económico, “Curso de Derecho foral navarro” (Pamplona, 1959, t II). J.I. del Burgo, Ciento veinticinco años de vigencia del pacto-ley de 16 de agosto de 1841 (Pamplona, 1966).