TENENCIA
TENENCIA
Denominación erudita de los distritos que, con centro en un lugar fortificado, articulaban el control de los hombres y la tierra en la monarquía pamplonesa hasta la primera mitad del siglo XIII. Los regían en honor o beneficio los “barones” o seniores más significados de la nobleza hereditaria. Estos desempeñaban “por mano del rey” (per manum regis) funciones políticas, militares, judiciales y fiscales. Las “tenencias” navarro-aragonesas y las “mandaciones” castellano-leonesas constituían quizá una reminiscencia de los “castros” (castra) que en época hispano-visigoda organizaban internamente cada una de las circunscripciones mayores, civitates o “territorios” (territoria) gobernados por un index o comes, conde. En todo caso, equivalían a la demarcación menor del condado franco-carolingio, llamada vicaría, castrum y, ocasionalmente, centena. El sigilum regis o “signo regio” simbolizaba las facultades coercitivas encarnadas por el senior de una “tenencia”, el cual aparece a veces hasta el siglo XI como dominator o “dominante”, imperator o “imperante”, e incluso, en tierras najerenses sobre todo, praefectus, dux, aminat o “adenantato” (adelantado) de su distrito. Aunque hubo cierta tendencia a la encomendación de algunas “tenencias” entre los miembros de un mismo linaje, no prevaleció nunca el principio de la transmisión hereditaria de tales honores. Se dio frecuentemente el caso de una acumulación de “tenencias” a cargo de un solo titular, una de ellas en la frontera y otra o más en el interior del reino. Desde el reinado de Teobaldo I (1234-1253) el régimen de la monarquía se basó en un nuevo tipo de circunscripción, la merindad. Como una reliquia de la antigua “tenencia”, sobrevivió el sistema de “retenencias” de castillos, de carácter sólo militar y, eventualmente, policía.