INCORPORACIÓN DE NAVARRA A CASTILLA
INCORPORACIÓN DE NAVARRA A CASTILLA
Fernando el Católico* se tituló “rey de Aragón y de Navarra” desde finales de agosto de 1512. Lo justificó con la bula apostólica Pastor ille caelestis (Bulas pontificias*) que, en su interpretación, excomulgaba y desposeía a Juan y Catalina, quedando el trono de Navarra para quien primero lo ocupase. Durante los tres años siguientes, esperó probablemente tener sucesión de su segunda mujer, Germana de Foix, que heredaría Aragón y Navarra, por lo que no modificó su status legal.
En 1515, ya enfermo de muerte y sin ninguna esperanza, observaba con gran suspicacia las maniobras de los consejeros flamencos de su nieto Carlos, heredero de Castilla, cerca del joven rey de Francia. Francisco I había prometido formalmente defender por todos los medios los derechos de Juan y Catalina y parece que exigía un arreglo de la cuestión de Navarra para apoyar a Carlos en su problemática sucesión española. Diversas consideraciones pudieron contribuir entonces a que Fernando decidiera entregar el reino de Navarra como herencia a Juana y a Carlos, uniéndolo a Castilla en las cortes de Burgos de 1515, cuando, por otra parte, amenazó hasta el último momento con elegir como heredero de Aragón a otro nieto y consumar la separación de los reinos. En primer lugar, la consideración de que habían sido los castellanos los que habían contribuido más directamente con su esfuerzo y dinero en la conquista y que, sin duda, eran los más interesados en conservar Navarra como pieza defensiva contra Francia -como se pudo comprobar cuando en 1521 la defendieron con las armas (Noáin, batalla de*), o cuando en 1518 (cortes de Valladolid) protestaron porque sospechaban que Carlos pudiera inclinarse a devolver Navarra a Juan y Catalina-. También, quizás, porque sabía que dentro de la órbita castellana su sucesor podía aspirar a ejercer un control más estrecho sobre Navarra, aunque las condiciones de la unión ratificaran que el reino seguiría manteniendo sus “fueros y leyes”.
Por esta donación de Fernando, Navarra entraba a formar parte de la monarquía española de un modo singular. No con un lazo estrictamente dinástico, como la Corona de Aragón, porque había sido ocupada por la fuerza y la posesión del título le era discutida. Pero tampoco se trataba de una conquista pura y simple, como la del reino de Granada o la de Indias, desde el momento en el que se ratificaba el respeto de los “fueros y costumbres” del reino, que el mismo Fernando había jurado dos años antes.
De cualquier modo, todo parece indicar que el estatus de Navarra no quedó perfectamente definido por este acta de incorporación y que Carlos I* rectificó en alguna medida -vistas las graves tensiones de los años 1516-1530 en torno a Navarra la voluntad inicial de su abuelo Fernando. No fue el “Consejo de la dicha reina doña Juana” (el de Castilla) el que se ocupó de la administración de justicia y supervisión del gobierno local, sino el Consejo Real de Navarra*, revitalizado, tras unos años de atonía, en 1525 y constituido supremo de las causas navarras en 1529. En 1516 Carlos añadió al tradicional formulario de juramento de los fueros y leyes que debían hacer los monarcas al acceder al trono, la consideración de que tendría a Navarra “como reino de por sí” a pesar de su incorporación a Castilla, lo que implicaría, como se entendió muy pronto, que la suya era una “unión principal” (“equeprincipal” dirían las cortes de 1645 para remachar la misma idea), y no puramente “accesoria” como lo era la de las Indias. (Guerra de Navarra*).
Las bulas pontificias. Fernando el Católico* justificó la ocupación del reino de Navarra y su titulación como rey en una bula papal que condenaba a Juan y Catalina como cismáticos, despojándolos de sus bienes en favor del primero que los ocupase. En realidad este era un argumento “a posteriori” y demasiado endeble, que ha sido duramente contestado, desde diferentes puntos de vista, hasta nuestros días.
Autores franceses de los siglos XVI y XVII (Favyn, Oihenart, Galland) negaron, primero, la autoridad de tales bulas y, luego, su misma autenticidad y existencia. Estos últimos reproches se alimentaban, en parte, en el hecho de que, ni Carlos IV ni sus sucesores exhibieran tales bulas como justificante de su legítima posesión de Navarra, lo cual, a su entender, era más que sospechoso. La polémica renació en el siglo XIX, cuando se publicaron copias de dos bulas, cuya autenticidad era muy dudosa. El propio Yanguas y Miranda* afirmó que no podía menos de ser falsa la bula de 18.2.1512 que excomulgaba a Juan y Catalina, porque otros documentos de meses posteriores probaban sus buenas relaciones con la Santa Sede. La exaltación del ambiente -“nacionalismo” frente a “centralismo”- alimentó una polémica de más de medio siglo (1870-1930) cuyas figuras más representativas fueron Arturo Campión* y Víctor Pradera*, y en la que se debatía, con más virulencia que rigor científico, la realidad histórica de la unión de Navarra a Castilla.
Hubo de ser un francés, P. Boissonnade, quien desentrañase lo esencial del intrincado asunto. El estableció que fueron dos las bulas y sus fechas: Pastor Ille Caelestis (21.7.1512) y Exigit Contumacium (19.2.1513); y no de 1512 como se había creído hasta entonces; también comprobó la autenticidad indiscutible de la primera y la sospecha de que la segunda no llegara realmente a publicarse. Esto y el conocimiento de la correspondencia secreta de Fernando con su embajador en Roma, Jerónimo de Vic, han permitido reconstruir los hechos.
La primera bula (Pastor Ille Caelestis), fechada el mismo día en que el duque de Alba* invadía Navarra, había sido solicitada por el católico con cierta antelación. En carta de 5 de junio urgía a su embajador en Roma para que lograse de Julio 11 las “armas espirituales” que, en forma de bulas, el papa se había comprometido a aportar. Hubieran debido servirle, en principio, para conseguir la neutralidad de Juan y Catalina: simplemente amenazándoles con la excomunión si se aliaban con Luis XII o estorbaban la campaña de Guyena. Quizás por esto fue redactada en términos tan vagos que sólo genéricamente, pero no explícitamente, se aplicaba a los reyes de Navarra. Fue Fernando, que recibió la bula (publicada el 21 de agosto) en unas circunstancias muy diferentes de las que pensaba -había ocupado militarmente Navarra sin apenas contratiempos-, quien decidió emplearla para una finalidad muy diferente de la original: justificar su apropiación del título y del trono de Navarra.
Con todo, queriendo reforzar su posición, presionó en Roma para conseguir una segunda bula que excomulgase y desposeyese del reino a Juan y Catalina de una forma explícita y terminante. Este es el contenido de la Exigit Contumacium, obtenida en circunstancias más que dudosas, pocos días antes de la muerte de Julio II, y que, al parecer, no se publicó.
Bibliografía
T. Dominguez Arévalo, Austrias y Albrets ante la incorporación de Navarra a Castilla (Pamplona, 1944). P. Boissonnade, Histoire de la réunion de la Navarre a la Castille. Essai sur les relations des princes de Foix-Albret avec la France et l´Espagne (1479-1521), (París, 1893). A. Campión, Navarra en su vida histórica. (Pamplona, 1929). V. Pradera, Fernando el Católico y los falsarios de la historia (Madrid, 1925), Barón de Terrateig, El Católico y la excomunión de los reyes de Navarra, “Boletín de la Academia de la Historia” (1954), 71-108.